ULEG envía la sentencia que falla a su favor a Aguirre y González

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Aguirre y Jesús Gómez en Leganés

SANDRA DE ROA  / El equipo de ULEG-Leganés ha comunicado a la ejecutiva del gobierno de la Comunidad el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que reconoce la vulneración de derechos fundamentales de los concejales del grupo municipal por parte del gobierno local.

El pasado jueves 5 ULEG tomó la decisión de enviar el fallo de la sentencia del TSJM a Ignacio González y a Esperanza Aguirre después de que el primero de ellos asegurara no conocer ni el alcance ni los términos del fallo del tribunal.


Los hechos ocurrieron durante la sesión plenaria realizada el pasado 27 de junio, cuando Jesús Gómez decidió retirar del orden del día dos de las mociones presentadas por el grupo independiente «de forma arbitraria», tal y como ha fallado el TSJM. Las iniciativas eran referentes a las irregularidades que percibieron en los pliegos del concurso de mantenimiento de zonas verdes y vías públicas.

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Los concursos de estas características sirven para elegir y encargar a una empresa privada tareas correspondientes al municipio, normalmente servicios. La elección irregular de una empresa se traduce, por lo general, en corrupción.

El Tribunal Supremo de Justicia de Madrid ha dado la razón a ULEG, pues considera que el alcalde de Leganés vulneró el derecho de participación política del partido Unión por Leganés. Por su parte, Jesús Gómez ha afirmado acatar la sentencia. No obstante, asegura que el fallo del tribunal parte de un planteamiento erróneo y dice que volvería a actuar del mismo modo.

«En suma, el Ayuntamiento no puede hacer otra cosa que acatar la sentencia, aún cuando dicha sentencia se fundamente en un planteamiento erróneo, pues, volvemos a insistir, el motivo de la no inclusión de las citadas mociones fue proteger el derecho fundamental al honor de funcionarios y miembros de la Corporación, y no una actuación puramente arbitraria como la que señala la sentencia y que, en ningún momento se produjo, es decir, la no inclusión por estar fuera de plazo en agravio comparativo con otras iniciativas, también fuera de plazo, que sí fueron incluidas, algo que, volvemos a insistir, en ningún momento se planteó, ni con anterioridad, ni con posterioridad a la celebración del citado Pleno».

El alcalde ha justificado su actuación arguyendo que su gobierno no incluyó las mociones de ULEG para «proteger el derecho fundamental al honor de los funcionarios y miembros de la Corporación» que elaboraron los pliegos del concurso. Carlos Delgado, concejal de ULEG, desmontó la excusa del alcalde:

“Durante los procesos en el Juzgado de Primera Instancia y en el TSJM no esgrimieron ese argumento”.

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