Las familias de los alumnos del colegio Trabenco de Leganés se negaron a que la Comunidad de Madrid realizara la prueba del CDI, es decir, de Conocimientos y Destrezas Indispensables a los alumnos del centro. Esta prueba, consistente en varios exámenes y que evalúa los conocimientos de los niños y niñas del colegio.
«La prueba tiene carácter formativo y orientador para los centros, para los padres y para los alumnos y sirve, además, para orientar a la Administración educativa respecto a la eficacia de sus planes y actuaciones«, figura en la web de Consejería de Educación.
Para protestar contra esta norma, desde la FAPA Giner de los Ríos, federación de padres y madres de alumnos de la Comunidad de Madrid, ha realizado un llamamiento para que los alumnos no «asistan al centro educativo«. Y es que, esta prueba produce datos «tramposos y nada aprovechables» pues preguntan por conocimientos que «básicos o aleatorios que los alumnos no tienen porqué conocer«, según algunos de los profesores que han participado en el claustro que la ha llevado a cabo en los últimos años.
Además, por otra parte, los alumnos, al conocer que éstos no serán tomados en cuenta para su currículum escolar al ser anónimos, no realizan el suficiente esfuerzo para obtener unos buenos datos, lo que crea que la mayor parte de los centros obtengan notas mediocres que no coinciden con los datos reales, provocando que el ranking obtenido no sea fiable.
Debido a la polémica, muchos padres y madres de los alumnos hicieron caso de la FAPA y se negaron a que sus hijos participaran del examen no llevándolos al colegio el día en que estaba programada la prueba y remitiendo su negativa a la Consejería de Educación.
Sin embargo, desde la Comunidad de Madrid se decidió, debido a la ausencia de los alumnos, cambiar el día de la prueba sin aviso previo al centro. De esta forma, el miércoles 10 de junio, varios inspectores de educación acudieron al colegio Trabenco para realizar el examen sin que éste fuera autorizado por la dirección o los profesores.
Una maniobra que no ha sentado nada bien entre las familias objetoras que ya buscan cómo pueden interponer una reclamación ante la consejería de Educación, desde la que aseguran que se trata de una prueba en la que no cabe la objeción.
Desde CC.OO., por su parte, rechazan la actitud de la Consejería y avisan de que estas pruebas, realizadas de forma «sorpresiva«, no tienen validez pues están «absolutamente reguladas en todos los aspectos por tres Resoluciones de las Viceconsejerías» las cuales determinan dos fechas precisas: una de 23 de febrero y dos de 16 de febrero. Por tanto, concluyen, se trata de pruebas «nula de pleno derecho, a lo que hay que añadir las responsabilidades que por dicha aplicación extemporánea, secreta y fuera de toda regulación, se pueden derivar«.