Se ordena el cierre de parques de atracciones, parques zoológicos, parques recreativos infantiles, verbenas, desfiles y fiestas populares. Se cierran bares de copas, tabernas y bodegas, cafeterĆas, bares, chocolaterĆas, heladerĆas, restaurantes, salones de banquetes y terrazas, entre otros.
El Consejo de Gobierno, presidido por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel DĆaz Ayuso, y reunido con carĆ”cter extraordinario en la Real Casa de Correos, ha aprobado hoy una nueva serie de medidas en el marco de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19). Todas entrarĆ”n en vigor a partir de las 00.00 horas de este sĆ”bado, una vez publicadas en el BoletĆn Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
AsĆ, a travĆ©s de la ConsejerĆa de Sanidad, se ordena la suspensión de la actividad en todo el Ć”mbito territorial de la Comunidad de Madrid de los espectĆ”culos pĆŗblicos, actividades recreativas, locales, establecimientos y comercios minoristas. Con el objetivo de garantizar los suministros de productos bĆ”sicos y de alimentación a la población, podrĆ”n seguir abiertos con normalidad los comercios minoristas de alimentación, de venta de productos de primera necesidad y supermercados, entre otros.
PodrĆ”n permanecer abiertas las fruterĆas, carnicerĆas, pescaderĆas, panaderĆas, farmacias, gasolineras, estancos, quioscos y supermercados, entre otros.
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Esta medida, provisional y que, de momento, estarÔ vigente hasta el 26 de marzo, se adopta también al objeto de facilitar el distanciamiento social al persistir un riesgo inminente y extraordinario para la salud de la población. En la prÔctica, esta decisión supone el cierre, entre otros establecimientos, de cines, teatros, discotecas, salas de exhibiciones, salas de conciertos, auditorios y salas de exposiciones.
TambiĆ©n estĆ”n afectados por esta medida gimnasios, locales o recintos deportivos cerrados, los destinados a la prĆ”ctica deportiva de uso pĆŗblico, casinos, salones de juego, locales especĆficos de apuestas y salones recreativos. Del mismo modo, se ordena el cierre de parques de atracciones, parques zoológicos, parques recreativos infantiles, verbenas, desfiles y fiestas populares. Se cierran bares de copas, tabernas y bodegas, cafeterĆas, bares, chocolaterĆas, heladerĆas, restaurantes, salones de banquetes y terrazas, entre otros.
Entregas a domicilio en la Comunidad de Madrid
En el caso de cafeterĆas, bares y restaurantes permanecerĆ”n cerradas al pĆŗblico, pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio. La permanencia en estos establecimientos deberĆ” ser la estrictamente necesaria. En todo caso se evitarĆ”n aglomeraciones y se controlarĆ” que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios. El cierre no afecta a los bares y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros o en el interior de las instalaciones destinadas a la prestación de servicios pĆŗblicos.
Aperturas permitidas
La orden de la ConsejerĆa de Sanidad tampoco afecta a comercios minoristas de alimentación y primera necesidad. En concreto, podrĆ”n permanecer abiertas las fruterĆas, carnicerĆas, pescaderĆas, panaderĆas, farmacias, gasolineras, estancos, quioscos y supermercados, entre otros. En el caso de las grandes superficies solo podrĆ”n abrir la zona habilitada con este tipo de servicios.
La clausura también se aplicarÔ a los locales de ensayo de la Comunidad de Madrid para jóvenes músicos, dirigidos a asesoramiento y formación; los centros de formación, de usos múltiples, con espacios de biblioteca, salas de lectura y archivos de documentación, asà como los albergues, refugios juveniles y servicios de información juvenil.
La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberÔ ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.
Asimismo, podrĆ”n permanecer abiertas las tiendas de informĆ”tica, de audiovisuales, las papelerĆas, los comercios de productos de higiene, las tiendas de animales de compaƱĆa o los comercios por correspondencia o Internet, entre otros.
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Sin actividad en los registros
La clausura también se aplicarÔ a los locales de ensayo de la Comunidad de Madrid para jóvenes músicos, dirigidos a asesoramiento y formación; los centros de formación, de usos múltiples, con espacios de biblioteca, salas de lectura y archivos de documentación, asà como los albergues, refugios juveniles y servicios de información juvenil.
Del mismo modo, se suspende la actividad presencial en todas las oficinas y puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, asà como en los registros públicos de la Administración regional, incluido el Registro de Uniones de Hecho.
Igualmente, no habrĆ” atención al pĆŗblico en las oficinas de gestión tributaria y en las Oficinas de Empleo y de Trabajo, entre otras. Los escritos, las solicitudes y el resto de comunicaciones dirigidas a la Administración se podrĆ”n presentar por medios telemĆ”ticos a travĆ©s del registro electrónico de la Comunidad de Madrid. No obstante, para garantizar la seguridad jurĆdica necesaria y no perjudicar los intereses de los ciudadanos, el Consejo de Gobierno ha declarado como dĆas inhĆ”biles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo, ambos inclusive, a efecto de cómputo de los plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el Ć”mbito de la Comunidad de Madrid. La información y la atención al ciudadano se mantendrĆ” hasta el 26 de marzo a travĆ©s de los canales del servicio 012 y de la pĆ”gina web comunidad.madrid.
Teletrabajo en la Administración Regional
Por otro lado, la Dirección General de Función PĆŗblica, de la ConsejerĆa de Hacienda y Función PĆŗblica, ha elaborado una resolución para establecer el teletrabajo entre los empleados pĆŗblicos de la Administración regional, salvo en el caso del personal sanitario y educativo. Esta resolución, de la que han sido informados los sindicatos CC.OO, CSIT, UGT y CSIF, afecta a 35.000 trabajadores que forman parte del personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid.
Para hacerlo posible, la Comunidad de Madrid ha ampliado la capacidad de las herramientas colaborativas disponibles, como videoconferencias, chats y entornos para compartir documentación, asĆ como el acceso seguro a documentación alojada en la nube y al correo corporativo āen remotoā.
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Se ha determinado que serĆ” la SecretarĆa General TĆ©cnica de cada consejerĆa, con el visto bueno del titular del centro directivo, la que determinarĆ” cómo se va a implementar el teletrabajo entre las plantillas a su cargo, primando en todo momento la continuidad del servicio de la unidad organizativa. Asimismo, serĆ”n ellos quienes decidan cuĆ”ndo se debe requerir la presencia fĆsica por prestar un servicio esencial.
En este sentido, se han identificado a 1.500 tĆ©cnicos de la Administración regional que cubren crĆticos o esenciales de la Comunidad de Madrid a los que se ha dotado del equipo necesario para desempeƱar sus funciones sin necesidad de acudir al centro de trabajo. Para ello se les ha facilitado un ordenador portĆ”til, telĆ©fono móvil, acceso por conexión remota a la red corporativa o acceso en remoto al puesto de la sede corporativa, herramientas colaborativas y asistencia tĆ©cnica.
Comunicación a los Ayuntamientos
La Comunidad de Madrid comunicarÔ a los ayuntamientos que se recomienda el establecimiento del teletrabajo como método general de funcionamiento y la suspensión de todas las actividades que no sean esenciales para garantizar la seguridad, la convivencia y las emergencias; y la aplicación efectiva de las medidas establecidas por la Autoridad Sanitaria o aquellas adoptadas en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM). También se tiene que garantizar la atención telefónica o digital a los ciudadanos asà como la continuidad de los servicios de soporte a los sistemas de funcionamiento municipal.
La prioridad del teletrabajo tambiĆ©n deberĆ” estar presente en el Ć”mbito educativo. Las viceconsejeras de PolĆtica Educativa y de Organización Educativa han enviado hoy una resolución conjunta a todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid en la que se establecen unas nuevas instrucciones debido a la evolución de la expansión del virus.
Una vez organizada por parte de los centros la actividad para que se pueda seguir a distancia u online las clases entre profesores y alumnos esta nueva resolución, aprobada hoy, establece la prioridad de forma generalizada el teletrabajo y solo serĆ” precisa la presencia fĆsica del personal cuando sea necesaria para garantizar la continuidad de la actividad educativa.
En el Ć”mbito de PolĆticas Sociales, se ha ordenado la suspensión durante los próximos 15 dĆas del ejercicio de las actividades que realizan los centros de atención diurna (centros de dĆa) a personas mayores y a personas con discapacidad ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid. Excepcionalmente, la ConsejerĆa de PolĆticas Sociales podrĆ” abrir centros de referencia por zona, con el fin de garantizar que ningĆŗn usuario quede desatendido como consecuencia de esta suspensión temporal.