La Comunidad de Madrid reforzará la protección y difusión del Patrimonio Cultural

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Avanza en la regulación de nuevos patrimonios como el industrial, etnográfico y tecnológico y fomenta la participación ciudadana

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Patrimonio Cultural que se remite ahora a la Asamblea legislativa para su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia. El texto actualiza el régimen legal vigente desde 2013 para reforzar la protección del patrimonio y garantizar la adecuada conservación y difusión de todos sus bienes.

El Ejecutivo autonómico ha contado para su elaboración con la participación del Consejo Regional de Patrimonio Histórico y de las asociaciones más representativas en este ámbito cultural. De esta forma, ha sumado numerosas aportaciones de las organizaciones del sector para la mejora de la norma.

El resultado es un proyecto de Ley que no se limita a pequeños cambios legales sobre el existente sino que configura un nuevo régimen legal que incorpora las últimas tendencias en materia de patrimonio cultural y que moderniza los instrumentos de protección. Así, amplía la noción de patrimonio cultural, refuerza su función de cohesión social e introduce la regulación sobre los denominados nuevos patrimonios: inmaterial, industrial, etnográfico, científico y tecnológico.

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Asimismo, fija los principios de actuación para las administraciones públicas (vertebración del territorio, diversidad cultural, accesibilidad o transversalidad) y se delimitan las competencias de la comunidad autónoma, los municipios y los órganos consultivos, con el objeto de clarificar y ordenar su actuación en la materia.

El proyecto de Ley madrileño potencia la participación ciudadana y fomenta el protagonismo de las llamadas comunidades patrimoniales. A este fin, reconoce el papel de la sociedad civil en los principios de actuación de los poderes públicos, impulsa la colaboración ciudadana en la conservación y puesta en valor del patrimonio y regula el acceso público a los registros de bienes culturales protegidos, entre otras iniciativas.

El texto estrena todo un conjunto de nuevos instrumentos y figuras de protección que garantizan la conservación del patrimonio y su transmisión a las nuevas generaciones. Ahora establece tres niveles de protección de Bienes Culturales, añadiendo, junto a los Bienes de Interés Cultural (BIC) y los Bienes de Interés Patrimonial (BIP), la figura de los Bienes Catalogados.

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Se introducen también nuevas categorías de bienes inmuebles, como la de sitio científico y la de itinerario cultural, y se crea el Catálogo de patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid, que pasa a incluir todo tipo de bienes culturales protegidos y no sólo los bienes inmuebles como sucede en el actual Catálogo Geográfico Regional.

Asimismo, en materia de inspección, potencia el papel de la Comunidad de Madrid y los ayuntamientos como garantes de la protección del patrimonio, y se amplían y gradúan las conductas sancionables.

Profesionalización de las actuaciones

Hay también como novedades la incorporación de una parte dedicada a la investigación, conservación, educación y difusión del patrimonio cultural. En materia de investigación se potencia la colaboración de las universidades, las administraciones locales y otras entidades; y en la conservación prevé la protección frente a situaciones de emergencia o el fomento de la metodología de la conservación preventiva. Además, en educación patrimonial regula los planes de actuación y su aplicación al sistema educativo.

Otro de los objetivos del proyecto de Ley es la mejora de la seguridad jurídica y de la claridad de todos los procedimientos de protección. Así, detalla la publicación del inicio de actuaciones en el portal de transparencia regional y expone su criterios y enumera los de intervención en el entorno de los bienes inmuebles.

Finalmente, entre las múltiples novedades del proyecto de Ley, destaca el refuerzo de la profesionalidad en las actuaciones que afectan a los bienes culturales protegidos. De esta forma, establece que las intervenciones en BIC y BIP requerirán de un proyecto técnico suscrito por un profesional competente; prevé que las intervenciones en bienes muebles catalogados sean realizadas por expertos cualificados en conservación y restauración; y recoge que la dirección de las actividades arqueológicas y paleontológicas recaiga en una persona cualificada en la materia.

*Queda terminantemente prohibido el uso o distribución sin previo consentimiento del texto o las imágenes propias de este artículo.

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Redacción Leganés Activo
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