Ya está abierto el plazo de solicitud de las ayudas para el pago del alquiler o del precio de cesión de la vivienda para jóvenes de la Comunidad de Madrid. Se trata de una inyección de dinero facilitada por el gobierno regional «destinadas a contribuir al pago del alquiler de la vivienda habitual o precio de cesión de la vivienda o habitación para sectores de población y jóvenes con escasos medios económicos».
Se trata de subvenciones dentro del Plan Estatal de accesibilidad a la vivienda 2022 – 2025 «en concurrencia competitiva», es decir, solo saldrán beneficiados aquellos que cumplan los requisitos y tengan «más puntos» que el resto.
Quiénes pueden acceder a estas subvenciones
Las unidades de convivencia que pueden optar a estas ayudas son aquellas cuyos arrendatarios tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud, incluyendo la edad de 35 años. Los restantes miembros de la unidad de convivencia deberán ser también menores 35 años.
Los solicitantes deben ser titulares del contrato de arrendamiento, tampoco pueden tener una vivienda en propiedad y la vivienda o habitación arrendada constituya la residencia habitual y permanente. Además deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser titular a fecha de solicitud, o estar en condiciones de suscribir, un contrato de arrendamiento conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, o de un contrato de cesión de uso de vivienda o de arrendamiento o cesión de uso de una habitación (en este último caso los contratos se suscribirán con fecha posterior a la fecha fin de presentación de solicitudes).
- Que los ingresos cumplan los siguientes límites:
- Límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia:
- IUC menores o iguales 3 veces del IPREM.
- IUC menores o iguales 4 veces del IPREM: Familias numerosas de categoría general, unidades de convivencia con personas con discapacidad e hijos e hijas de víctimas de violencia de género.
- IUC menores o iguales 5 veces del IPREM: Familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
- Ingresos mínimos serán igual o superior a 0.
- Límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia:
Documentación necesaria a aportar
Para poder solicitar estos trámites, los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:
- El contrato de alquiler o de cesión de uso, o de los contratos de alquiler o cesión de uso vigentes en el periodo subvencionable.
- El certificado de empadronamiento colectivo/familiar e histórico. En el caso de solicitudes del municipio de Madrid, los certificados de empadronamiento pueden solicitarse en https://madrid.es/go/certificadopadron, a través de la opción “Tramitar en línea” si se dispone de identificación electrónica. Debe seleccionar “Certificado familiar”, que informa de empadronados actuales en la inscripción (o informa de que sólo hay uno), antigüedad en el municipio y en el domicilio de los habitantes incluidos en el mismo, y se corresponde con el certificado denominado “colectivo e histórico” de las bases reguladoras.
- Copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal, si se trata de extranjeros no comunitarios.
- Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT y/o otra documentación justificativa de los ingresos anuales de 2023 de arrendatarios y de los mayores de edad que componen la unidad de convivencia, si procede.
- Documentación de sectores:
- Unidades monoparentales con cargas familiares: copia del libro de familia y/o documentación acreditativa.
- Documentación acreditativa como víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
- Dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.
- Certificado del Servicio Público de Empleo que acredite que todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad han agotado la prestación por desempleo y se encuentran en situación de desempleo, o en su caso informe de vida laboral actualizado a fecha de solicitud para cada uno de los miembros de la unidad de convivencia.
- Documentación de jóvenes (si procede):
- Documentación acreditativa como hijo o hija de víctima de violencia de género.
- Dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.
Dónde pueden hacerse los trámites
Los trámites para apuntarse a este tipo de ayudas siempre son tediosos y complicados. Por eso, si eres de Leganés, el Ayuntamiento ha puesto a disposición de los jóvenes sus instalaciones para dar la oportunidad también de hacerlo de forma presencial. Aunque se reitera que se aconseja tramitarlo todo de forma telemática en la web de la Comunidad de Madrid, también se facilita la tramitación en los servicios de Ventanilla única (Casa del Reloj Ayto. Leganés), sumándose así a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid.