AROA DÍAZ / El juzgado de instrucción número 4 ha abierto diligencias previas contra el portavoz de ULEG, Carlos Delgado, tras una denuncia interpuesta por el alcalde, Jesús Gómez (PP) por un supuesto delito de calumnias e injurias continuadas contra su persona. La titular del juzgado señaló la existencia de «claros indicios de criminalidad».
Este lunes se ha notificado la apertura de un juicio oral contra Carlos Delgado (ULEG) por las reiteradas acusaciones a través de redes sociales y medios de comunicación en los que el acusado calificaba de «corrupto» al alcalde del municipio, Jesús Gómez (PP).
En estas acusaciones, Delgado ha llegado a señalar en varias ocasiones la supuesta existencia de una cuenta en un banco suizo a nombre del primer edil, negada por el propio Gómez. Además, llegó a afirmar que Gómez «manejara una contabilidad ‘B’» del partido local.
Ante estos hechos, el último auto emitido por el juzgado de instrucción número 4 de Leganés ordena la apertura de juicio oral y reclama al acusado una fianza de 45.000€ por considerar la existencia de «claros indicios de criminalidad» al ser faltas recurrentes y con publicidad.
«El señor Delgado ha intentado por todos los medios hundir mi reputación y mi imagen pública con falsas acusaciones y sin una sola prueba, pero en política no todo vale», ha declarado Jesús Gómez al conocer el auto. «Ahora el señor Delgado tendrá que responder ante la Justicia de sus actos y de sus posibles infracciones penales«.
Según la legislación vigente, el portavoz de la oposición podría enfrentarse a penas que oscilan entre penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad. Este proceso se celebrará en paralelo al mantenido por el juzgado número 5 que investiga un posible delito de revelación de secretos por parte del edil.
AMPLIACIÓN:
Desde Unión Por Leganés-ULEG han recordado que, a pesar de su existencia, este auto no será ejecutado hasta que no se pronuncie la Audiencia Provincial. En este sentido, la Fiscalía ya se pronunció el pasado mes de febrero a favor del sobreseimiento de la causa.
«Todo el proceso está condicionado al recurso de reforma presentado y que aún no se ha resulto y al recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Será la Audiencia Provincial quien determinará finalmente si hay juicio o, lo que es casi seguro, que se sobresea la causa ante la petición de sobreseimiento de Fiscalía, quien ha zanjado de manera contundente que no hay injuria ni calumnia alguna», aseguran desde ULEG.
En dicho informe asegura que el ánimo en el que se realizaron las acusaciones denunciadas fue el de «ejercitar el derecho a la oposición política» y no «con el de menospreciar o desacreditar«. Por su parte, el partido se ha reafirmado en las acusaciones vertidas en «cada uno de los tuits y artículos».






El artículo 783. 3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice claramente que contra el auto de apertura del juicio oral no cabe recurso, como se puede comprobar con una simple búsqueda en internet
Contra el auto de apertura del juicio oral no cabe recurso alguno, ni reforma, ni apelación y si se presentan no serán admitidos. Solo cabría recurso contra el sobreseimiento. Diga lo que diga, a Carlos Delgado no lo libra nadie de sentarse en el banquillo de los acusados para la celebración del juicio ante el Juzgado de lo Penal.
Puede terminar condenado o absuelto, pero decir que tiene que pronunciarse la Audiencia Provincial, cuando no es cierto, para no reconocer el procesamiento, es absurdo por parte de ULEG.