AROA DĆAZ / El Ayuntamiento de LeganĆ©s desmiente las filtraciones sobre la adjudicación de la Escuela Infantil Dulcinea a la empresa Grupo 5. En declaraciones a LeganĆ©s Activo, fuentes del Consistorio han negado que el proceso de adjudicación haya comenzado este mes de agosto y que haya finalizado.
Ā«Se trata de una escuela infantil integrada en la red municipal pero de gestión indirectaĀ«, la cual es encargada a empresas externas a travĆ©s de concurso, tal y como aseguran fuentes consultadas por LeganĆ©s Activo, celebrĆ”ndose el Ćŗltimo en el perĆodo 2008-2009.
En este proceso, la gestión fue adjudicada a la cooperativa actual por un perĆodo de 5 aƱos fijos, es decir, hasta el pasado mes de agosto -momento en el que se modificó el pliego adjudicatario-, con otros cinco prorrogables. No obstante, aseguran que Ā«hace aproximadamente un aƱo que se inició el procesoĀ«.
Ā«No ha sido posible prorrogar el contrato puesto que Ć©ste no se adecĆŗa a la nueva normativa de la Comunidad de Madrid, por lo que prorrogarlo habrĆa supuesto que la escuela infantil Dulcinea habrĆa dejado de pertenecer a la red pĆŗblica de escuelas de la CAM, con la consiguiente pĆ©rdida de un 40% de la financiaciónĀ«, aseguran.
«El proceso estÔ aún en fase final»
Por otra parte, a pesar de que el consejo escolar asegura que el proceso adjudicatario ya ha finalizado con la victoria de la empresa Grupo 5 -ganadora por el proyecto económico mientras que la cooperativa actual habrĆa ganado por su proyecto educativo-; el Consistorio niega que sea asĆ.
«A pesar de que se ha filtrado que es posible que el concurso lo gane otra empresa diferente, el proceso de adjudicación aún estÔ en su fase final, y depende, exclusivamente, de la decisión de los técnicos y funcionarios municipales que forman el órgano de contratación».
AsĆ, insisten en que son los funcionarios municipales quienes tienen la decisión final y no el equipo de Gobierno por lo que, seƱala, la responsabilidad de la decisión no recaerĆa en Ć©l ya que Ā«el Ayuntamiento no puede ni violar la ley ni contravenir las decisiones de los órganos competentesĀ«.