La Comunidad de Madrid abre el plazo de solicitudes para las Ayudas al Alquiler y para el fomento de la Rehabilitación Edificatoria 2017

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El objetivo de las ayudas al alquiler, dotadas con 17 millones de euros, es beneficiar al menos a 7.000 familias. La subvención destinada a la Rehabilitación Edificatoria cuenta con un presupuesto de 14,1 millones de euros

Los madrileños interesados en acceder a las Ayudas al Alquiler 2017 y a las destinadas a la Rehabilitación Edificatoria ya pueden tramitar sus solicitudes. Esta nueva convocatoria de ayudas, con un marcado carácter social, tiene como objetivo, por una parte, beneficiar a aquellas familias que cuentan con menos recursos económicos para el alquiler de sus viviendas y, por otra, en el caso de la rehabilitación edificatoria, promover, incentivar y ejecutar acciones que impulsen y favorezcan la rehabilitación residencial de edificios y viviendas, en beneficio de las comunidades de residentes.

Las solicitudes de estas ayudas al alquiler se pueden tramitar desde el pasado viernes 21 de abril hasta el próximo 16 de mayo. El plazo para la solicitud de estas ayudas es de quince días hábiles. En el caso de las ayudas para la rehabilitación edificatoria, el plazo es de 60 días, y podrán presentarse las solicitudes hasta el día 20 de junio inclusive.

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El Programa de Ayuda al Alquiler 2017 mantiene, al igual que el año pasado, su dotación económica hasta los 17 millones de euros, lo que supone un 70 por ciento más que en el ejercicio 2015. El objetivo es beneficiar, al menos, a 7.000 familias.

Las ayudas al alquiler tienen como objetivo beneficiar a familias con escasos recursos económicos en la región. El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva, determinados en función de los ingresos de la unidad de convivencia establecidos en la orden. Esta medida priorizará que las ayudas lleguen a las familias con menos recursos económicos.

La cuantía de la ayuda será del 40 por ciento de la renta anual del alquiler con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

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Se podrán presentar todas aquellas personas que sean mayores de edad, tengan nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, sean titulares de un contrato de arrendamiento en la Comunidad de Madrid y la vivienda constituya su domicilio habitual.

Ayudas a la rehabilitación edificatoria

Por otra parte, el Gobierno regional ha convocado las ayudas relativas a la Rehabilitación Edificatoria dotadas con una cuantía de 14,1 millones de euros. Estas subvenciones, enmarcadas en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana 2013-2016, que han sido prorrogadas para el año 2017, cuentan con un presupuesto total de 38,5 millones de euros para este ejercicio.

Las ayudas destinadas a la Rehabilitación Edificatoria, tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privativos comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981. En estas viviendas, al menos el 70 por ciento de su superficie construida sobre rasante, deberá tener uso residencial, e igualmente el 70 por ciento de estas viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Las actuaciones podrán consistir, entre otras, en la mejora de la envolvente térmica del edificio, la instalación de sistemas energéticos eficientes o con energías renovables, la mejora de la eficiencia energética en las instalaciones comunes, el ahorro de agua, la instalación de ascensores o salvaescaleras y productos que permitan el acceso a las personas con discapacidad.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio, no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local (12.100 euros cuando se trate de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o que cuenten con protección integral). Además habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el 35 por ciento del coste subvencionable de la actuación. No obstante de manera excepcional, en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y sólo en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50 por ciento de ayuda.

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Simulador para las ayudas de alquiler

Como ya se hizo el año pasado, el Gobierno regional ha puesto al servicio de los interesados en las Ayudas al Alquiler 2017 un simulador que les ayudará a calcular, en función de su renta y características familiares, si se encuentran o no dentro del cupo de posibles beneficiarios. De una manera sencilla podrán comprobar si por razón de ingresos familiares tienen derecho a acceder a estas subvenciones.

El simulador está disponible tanto en el Portal de Vivienda como en el Portal del Ciudadano de la web www.madrid.org. Se deberá introducir el número de personas que integran la unidad de convivencia, que está formada por todas aquellas personas que están empadronadas en la vivienda. El objetivo es evitar una masificación de solicitudes, muchas de las cuales no reúnen de entrada los requisitos previos, y favorecer que aquellos que sí que las reúnen puedan ser correctamente evaluados por los técnicos en el menor plazo de tiempo posible.

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