Unión por Leganés y concejales no adscritos han firmado una solicitud de Pleno extraordinario. En esta reunión se abordaría la parte de control al gobierno. Hace año y medio que los Plenos no debaten estos puntos en el Pleno. En esta sesión extraordinaria se pediría la comparecencia de varios miembros del Gobierno local.
Más de cincuenta puntos a tratar en diez horas. Este es el reto al que se enfrentan los concejales en cada Pleno. Como es normal, el tiempo se les echa encima y los puntos finales no suelen llegar a tratarse. Esto ha supuesto que desde hace año y medio el Pleno de Leganés no haya abordado la parte de control al Gobierno. En ella la oposición pide explicaciones al Ejecutivo por su actuación, si lo considera necesario.
Han sido muchas las ocasiones en las que los ediles han solicitado que se invierta el orden de los puntos y se trate esta parte antes que la parte económica y las mociones, sin embargo, a día de hoy no se ha producido ningún cambio en los órdenes del día. Por este motivo, ULEG, Ciudadanos y los concejales no adscritos de Ganar Leganés han pedido un Pleno extraordinario de forma urgente.
«Un gobierno al que no se le está pudiendo controlar desde que hace año y medio decidiera celebrar Plenos a puerta cerrada con la complicidad del Partido Popular y por incumplir el alcalde lo acordado en la Junta de Portavoces para que la parte de control se desarrolle al inicio de los Plenos«, explica la solicitud de convocatoria.
En esta sesión se solicitan las comparecencias de diversos miembros del equipo de Gobierno. Estos son el director general de Urbanismo, el concejal de Hacienda, la directora de Nuevas Tecnologías, el concejal de Empleo y el propio alcalde. A este último por dos motivos diferentes: al ser el concejal responsable de Recursos Humanos y para preguntarle, en calidad de presidente del Pleno, por este retraso en la parte de Control.
Según el artículo 67 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM), los Plenos motivados por, al menos, una cuarta parte de la cámara, es decir, 6 concejales -esta solicitud cuenta con 8 firmas-, deberán ser convocados en un plazo máximo de quince días hábiles. Según figura en la solicitud mostrada por ULEG, ésta fue realizada el 21 de septiembre de 2017.
ROM. Art. 67. 3. La celebración de la sesión extraordinaria solicitada por la cuarta parte de los miembros legales no podrá demorarse por más de quince días hábiles desde que fue solicitada, no pudiendo incorporarse el asunto o asuntos motivo de la solicitud al orden del día de un Pleno ordinario o de otro extraordinario con más asuntos, ni incorporarse otros distintos, salvo que lo autoricen expresamente los solicitantes de la convocatoria.



