La orden de confinamiento perimetral ha sido ratificada por el TSJM una semana después de haber sido decretada por la Comunidad de Madrid debido un largo periplo burocrático.
Ante una incidencia acumulada en Leganés Norte de los 500 casos por cada 100.000 habitantes que supera el umbral marcado por la Comunidad de Madrid, se ha procedido a limitar la movilidad hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2021, mediante la Orden 573/2021 de 7 de mayo. Esta ha sido publicada por el BOCM, sin embargo una vez entrada en vigor la Orden, se ha encontrado sin sustento legal durante una semana.
Y es que finalizado el estado de alarma, el pasado 9 de mayo a las 00:00h, que amparaba las restricciones de movilidad al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Constitución Española y el artículo cuarto, apartado b, de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, nos encontramos ante un escenario jurídico diferente; las comunidades autónomas deberán gestionar por “su cuenta” al no existir una legislación nacional que ampare el respecto, las medidas necesarias ante la crisis sanitaria por la COVID-19.
Por ello, es necesaria una ratificación judicial que ampare el nuevo marco legal en el que nos encontramos. En este caso las autoridades de la Comunidad de Madrid buscan amparo en la competencia delegada de la sanidad, que no ha llegado hasta una semana después.
Medida «idónea» y «proporcional»
Al igual que las medidas impuestas por la Comunidad de Madrid tras la finalización del estado de alarma, el TSJM ha emitido este viernes la ratificación del confinamiento de Leganés Norte, alegando que se trata de una medida proporcional en función del riesgo que pretende evitar. «Es una medida idónea, porque a través de ella es fácil colegir como evidencian los informes aportados, que se trata de evitar en la medida de lo posible la mayor difusión del virus a otras zonas y consecuentemente una mayor tasa de propagación».
«La finalidad de impedir la propagación de la pandemia y por tanto de protección de la salud pública se fundamenta también en la solicitud que nos ocupa a través del Informe de la Dirección General de Salud Pública, de 7 de mayo de 2021, que se acompaña, en el que se hace expresa alusión al criterio técnico de incidencia acumulada en 14 días en la ZBS de Leganés norte hasta el 24 de mayo, de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes, mantenida o con crecimiento en el periodo que se considera, destacando asimismo que dicho aumento de incidencia aparece acompañado también por una mayor presión sobre el sistema sanitario al haberse incrementado la ocupación de la Unidad de Cuidados Intensivos de los diferentes Hospitales».
Esta ratificación también afecta al resto de zonas básicas de salud limitadas la próxima semana del 17 de mayo: Barajas, Chopera (Arganzuela), Ghandi (Ciudad Lineal), General Fanjul (Latina), Castelló (Salamanca), Las Margaritas (Getafe), La Princesa (Móstoles) y Majadahonda.
¿Por qué se ha tardado tanto?
A la espera de esta ratificación, vecinos de Leganés Norte estaban a la espera de conocer si habrá controles policiales mientras tanto. «Por ahora solo estamos haciendo controles informativos«, aseguraba el alcalde, Santiago Llorente al respecto quien defendía que, como ya pasara en La Fortuna, la población está muy concienciada «y por lo general se cumplen habitualmente las normas». «Fuimos un municipio muy castigado hace justo un año y en los meses posteriores somos una ciudad que se ha comportado de una forma mucho más adecuada».
Fuentes del TSJM consultadas por LEGANÉS ACTIVO han justificado este retraso al periplo burocrático que ha tenido que hacer esta ratificación. El viernes la Comunidad de Madrid les remitió la orden que a su vez fue enviada a la Fiscalía; tras obtener su visto bueno fue enviada a la Sala del TSJM el miércoles; que convocó su Pleno el jueves donde se deliberó esta ratificación eliminando el limbo jurídico.