El Ayuntamiento convoca subvenciones a organizaciones sin ánimo de lucro

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REDACCIÓN / El plazo para solicitar las ayudas ya está abierto y se prolongará hasta el próximo 27 de abril (incluido). Tanto las solicitudes como las bases y toda la información necesaria para formalizar la petición están a disposición de los interesados en los centros de información y registro municipal del Ayuntamiento y en la web municipal.

El Ayuntamiento de Leganés aprobó en Junta de Gobierno Local la convocatoria municipal de las bases generales y específicas de las subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que este año 2015 ascienden a 286.222 euros.

El plazo para solicitar las mismas está abierto hasta el 27 de abril (incluido) y tanto las solicitudes como las bases y toda la información necesaria para formalizar la petición están a disposición de los interesados en los centros de información y registro municipal del Ayuntamiento y en la web municipal, en el siguiente enlace: http://goo.gl/NBE9rl.

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Desde las distintas áreas del Ayuntamiento se pone en marcha esta convocatoria con el objetivo de seguir avanzando en el fortalecimiento del movimiento asociativo, aportando las condiciones más favorables para el desarrollo de su función en aquellas tareas y actividades que contribuyan al desarrollo de su función relevante en la tarea cotidiana de hacer ciudad. Una ciudad más plural y democrática, fomentando acciones en torno a la tolerancia, la cooperación y la solidaridad.

También es papel de este Ayuntamiento, en cuanto que gestor de recursos públicos, velar por el buen uso de éstos, un uso que siempre debe ir destinado a la mejora de lo colectivo, y en todo caso como elemento indispensable en la mejora de las condiciones de vida y el entorno de nuestra ciudad.

En las bases:

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– Se incluyen los elementos de seguimiento, control e información con este fin.
– Se unifican criterios con todas las áreas municipales, ofreciendo a las entidades de manera unificada las bases de la convocatoria.
– Dentro del texto de las bases de la convocatoria se indica el procedimiento a seguir para su justificación.
– La convocatoria se regirá por lo establecido en las disposiciones generales de aplicación (Ley General Presupuestaria) y Ley General de Subvenciones 38/2003, del 17 de noviembre.

*Queda terminantemente prohibido el uso o distribución sin previo consentimiento del texto o las imágenes propias de este artículo.

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Redacción Leganés Activo
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Nacido en 2013, Leganés Activo es un medio experto en Leganés. Actualizado y con dedicación social, busca siempre dar voz a los vecinos de Leganés.

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