La Comunidad insiste en la necesidad de vigilar a los menores y extremar la precaución para evitar accidentes en las piscinas

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Recuerda que los niños no pueden acceder solos a las instalaciones, en especial en las piscinas de comunidades no obligadas a contar con socorrista

La Comunidad de Madrid insiste en que hay que extremar la precaución en el uso y baño de las piscinas para evitar accidentes, no practicar juegos violentos en sus proximidades, como empujones y saltos, vigilar a los menores y elegir el tamaño adecuado de la piscina según su edad.

Recuerda igualmente del riesgo de ahogamiento de los niños pequeños, que nunca deben acceder solos a las instalaciones, especialmente en las privadas y en las piscinas de comunidades de vecinos que, por su tamaño, no están obligadas a contar con socorrista.

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Se aconseja evitar que los menores se acerquen solos al borde de la piscina así como que pasen demasiado tiempo expuestos al sol o caminen descalzos en zonas húmedas o encharcadas.

Por otro lado, insiste en que se debe usar siempre protector solar (especialmente con los niños) beber suficiente líquido para evitar deshidrataciones y no abusar de las bebidas alcohólicas.

Otra de las recomendaciones para disfrutar de un baño seguro es evitar la entrada de golpe en el agua para que no se produzcan cambios bruscos de temperatura corporal y accidentes; respetar los tiempos de digestión y no bañarse después de una exposición prolongada al sol o un ejercicio físico intenso. Además, se recuerda que no hay que tirarse de cabeza en zonas de fondo desconocido, ya que esta práctica de riesgo puede provocar graves accidentes, como lesiones medulares.

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Las personas que padecen una enfermedad infecciosa de transmisión por agua (hídrica) o dérmica no deben acceder, por riesgo de contagio, a la zona reservada a los bañistas.

La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, vigila durante el verano las condiciones higiénico-sanitarias de las 1.977 piscinas censadas en la Comunidad de Madrid, excluyendo las del Ayuntamiento de la capital. Colabora con los municipios que carecen de los recursos suficientes para realizar las inspecciones, como aquellos con menos de 20.000 habitantes.

SERVICIO DE SOCORRISTA

Todas las piscinas de uso colectivo, públicas y privadas, incluidas las de comunidades de vecinos de más de 30 viviendas, deben disponer de un servicio de socorrista, tal como recoge el Decreto 80/1998 de 14 de mayo que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo.

Las piscinas que, en su conjunto, sumen entre 500 y 1.000 metros cuadrados de superficie de agua deben contar con la presencia de enfermero o médico y, a partir de 1.000 metros cuadrados, disponer de ambos profesionales.

Además, las piscinas deben contar con elementos de apoyo de rescate como salvavidas, dos como mínimo, ubicados en lugares visibles y de fácil acceso. Es requisito imprescindible que los responsables de las piscinas vigilen y controlen también la calidad del agua y de las instalaciones.

*Queda terminantemente prohibido el uso o distribución sin previo consentimiento del texto o las imágenes propias de este artículo.

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Redacción Leganés Activo
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Nacido en 2013, Leganés Activo es un medio experto en Leganés. Actualizado y con dedicación social, busca siempre dar voz a los vecinos de Leganés.

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