Se trata de Las Presillas, Los Villares, la Playa del Alberche y el embalse de San Juan. Sanidad recuerda la peligrosidad de baƱarse en zonas no autorizadas.
La Comunidad de Madrid cuenta con el reconocimiento de la Unión Europea de cuatro zonas naturales aptas para el baƱo conforme a los anĆ”lisis y calificación de aguas que efectĆŗa la Dirección General de Salud PĆŗblica de la ConsejerĆa de Sanidad, que acreditan estos espacios de recreo con condición de alta salubridad.
Las zonas de baƱo autorizadas para el baƱo son Los Villares (Estremera), el embalse de San Juan (San MartĆn de Valdeiglesias) que cuenta con dos Ć”reas de baƱo y con clasificación excelente en sus aguas; Playa del Alberche (Aldea del Fresno) y, por Ćŗltimo, Las Presillas (RascafrĆa) con denominación de agua buena. La temporada de baƱo estĆ” autorizada hasta el 15 de septiembre.
La ConsejerĆa de Sanidad, a travĆ©s de la Dirección General de Salud PĆŗblica, es la entidad competente en velar y vigilar por la calidad del agua mediante la inspección, el anĆ”lisis, calificación de las zonas aptas para el baƱo y la información al ciudadano. Durante esta temporada se efectuarĆ”n 45 inspecciones y anĆ”lisis del agua, a travĆ©s de los tĆ©cnicos de la Subdirección General de Sanidad Ambiental, en los cinco puntos de muestreo de las zonas de baƱo naturales para descartar posible contaminación microbiológica. Los anĆ”lisis se efectĆŗan en el Laboratorio Regional de Salud PĆŗblica. Por otra parte, los ayuntamientos tienen la competencia de seƱalizar e informar de la prohibición del baƱo a los posibles usuarios.
Asimismo, la ConsejerĆa de Sanidad a travĆ©s de la pĆ”gina web www.comunidad.madrid/servicios/salud/zonas-bano proporciona al ciudadano información actualizada de la calidad del agua de las zonas de baƱo, y en su caso, de su playa de recreo, basada en los resultados de la inspección y del anĆ”lisis del agua.
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Sanidad recuerda que puede resultar peligroso acudir a zonas de baƱo no autorizadas por la posibilidad de que el agua cuente con microorganismos nocivos para la salud o, bien, por el riesgo de ahogamiento. Insiste, ademĆ”s, en la conveniencia de protegerse del sol, usar siempre protectores (especialmente con los niƱos), y entrar paulatinamente en el agua, sobre todo despuĆ©s de tomar el sol. TambiĆ©n, aconseja beber suficiente lĆquido y no abusar de las bebidas alcohólicas, mantener la playa y el entorno limpio, usar las papeleras y ducharse tras finalizar el baƱo.
Requisitos de la Unión Europea
Atendiendo a las directrices europeas, para calificar una zona de baƱo natural como tal, debe contar con buena calidad del agua y afluencia de baƱistas y estar dotada de las instalaciones correspondientes. Cada aƱo, la ConsejerĆa de Sanidad procede a su calificación en función de los muestreos realizados, que remite al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y Ć©ste a su vez, a la Comisión Europea. El Ministerio cuenta con un Sistema de Información Nacional de Aguas de BaƱo (NĆ”yade) como herramienta informĆ”tica para la gestión e información de la calidad del agua en las comunidades autónomas y demĆ”s organismos.
Las aguas de baño estÔn reguladas por la Unión Europea desde la década de los ochenta. Actualmente, la normativa vigente es la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo.