Se abre el plazo para solicitar las subvenciones al pago del alquiler en la Comunidad de Madrid. El plazo ya está abierto y acabará el 30 de septiembre.
El BOCAM ya ha publicado la Orden donde se convocan las subvenciones para contribuir a minimizar el impacto económico y social originado por la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual de los madrileños. Estas ayudas quedan recogidas dentro del Real Decreto 11/2020 y la Orden Ministerial 336/2020, donde establece al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, una incorporación de ayudas al alquiler que tiene como finalidad de adjudicación directa las ayudas al alquiler.
El Plan Estatal de Vivienda cuenta con un presupuesto para todas las comunidades de 100 millones de euros, de los cuales 15,9 irán destinados a ayudar a las familias en el pago de su alquiler. Las solicitudes se podrán echar hasta el 30 de septiembre del 2020 y podrán ser beneficiarios de dichas ayudas aquellos afectados por la COVID-19 en situación de desempleo, cese de actividad, ERTE o pérdidas de ingresos, teniéndose en cuenta toda la unidad familiar e incluyendo familias monoparentales.
El límite de ingresos será el triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) sumándose 0,10 puntos por hijo a cargo y 0,15 puntos por hijo en unidad familiar monoparental. En caso de residir con personas con diversidad funcional, el tope será de 4 veces el IPREM y 5 veces el IPREM en caso de grandes discapacidades sensoriales.
Related Posts
Otro requisito es que la renta arrendaticia, junto a gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba la unidad familiar. La cuantía de las ayudas será el 100% de la renta arrendaticia con un límite de 900 euros por mensualidad durante seis meses y un máximo a percibir de 5.400 euros. Se realizará en un pago único, con carácter anticipado, exonerando al beneficiario de la obligación de prestar aval o garantía y tendrán que justificar que dicha cantidad se ha destinado al arrendamiento de la vivienda.
hola cuando se puede llevar la solicitud de la ayuda al alquiler 2020 no la del covip