La Comunidad de Madrid publica las medidas de seguridad y limitaciones de aforo que tendrán en las próximas semanas todo tipo de establecimientos con motivo del fin del estado de alarma.
La Comunidad de Madrid ha establecido dos fases dentro de la vuelta a la nueva normalidad. La primera de ellas irá desde el 21 de junio al 5 de julio y se caracterizará por una restricción del aforo al 60% por norma general mientras que la segunda comenzará a partir del 6 de julio y permitirá aforos del 75%.
Además recomienda el cambio de disposición de los puestos de trabajo en las oficinas manteniendo la distancia de seguridad interpersonal y promoviendo el teletrabajo siempre que sea posible. En el caso de las peluquería, centros de estética o fisioterapia se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.
Primera fase (del 21 de junio al 5 de julio)
Los aforos se limitarán en ambas fases con diferencia de criterios. Esto no afectará en ningún caso a los considerado servicios esenciales que «han permanecido con actividad sin límites aunque garantizando la distancia de seguridad y el uso de mascarillas».
- Espacios cerrados al 60% del aforo máximo, como regla general.
- Zonas abiertas al 80% de la ocupación.
- En bares y restaurantes se podrá hacer consumo en barra o sentado en mesa manteniendo la distancia de seguridad entre clientes o grupos. La ocupación máxima será de 25 personas por mesa o grupo de mesas.
- Las discotecas y bares de ocio permanecerán cerrados.
- Los Ayuntamientos podrán ampliar el horario de cierre de terrazas hasta las 2.30h en zonas no residenciales durante este periodo.
- Piscinas recreativas (privadas y municipales) mantendrán un aforo máximo del 50% pudiendo ser limitado por Ayuntamientos. Piscinas deportivas tendrán aforo del 75%.
- Instalaciones funerarias al 75% de su aforo. Los velatorios podrán realizarse con un máximo de 50 personas al aire libre y 25 en espacios cerrados.
- Lugares de culto no podrán superar el 75% de su capacidad. Bodas y celebraciones religiosas podrán celebrarse con un máximo de 150 personas al aire libre y 75 en espacios cerrados.
- Las residencias de mayores permitirán visitas con condiciones específicas que aún no se han publicado.
- El 1 de julio el primer ciclo de Educación Infantil abrirá sus puertas de forma voluntaria con preferencia de las familias cuyos padres no puedan teletrabajar. Deberán ofrecer horarios y servicios que prestaban antes del 11 de marzo.
- La universidad terminará su curso a distancia. En las actividades que sean necesariamente presenciales deberán garantizar la distancia mínima de 1.5 metros y será obligatorio el uso de mascarilla.
- Las universidades deberán aportar un plan de actuación para el próximo curso.
- Se mantiene el uso obligatorio de mascarilla en el transporte público para los mayores de 6 años.
- Se podrá ocupar el 100% de las localidades de autobús a excepción de la fila detrás del conductor en aquellos vehículos que no tengan mampara. Podrán viajar de pie 3 personas por metro cuadrado manteniendo la máxima distancia posible.
- En los transportes de viajeros como taxis y VTC se elimina la limitación de dos viajeros por cada fila y se permite una ocupación de máximo 3 personas por fila con independencia de que convivan juntos. Se impide viajar en el asiento del copiloto.
- Los Ayuntamientos regularán el nivel del servicio de taxi.
- En hoteles y alojamientos turísticos la ocupación de las zonas comunes será del 60% máximo. Las actividades de animación y clases grupales deberán tener un máximo de 20 personas al aire libre y evitando intercambio de material.
- Albergues deberán tener un máximo de 50% de ocupación.
- Actividad física y deportiva no federada y al aire libre con un máximo de 25 personas.
- Instalaciones y centros deportivos se limitará a 25 personas que no podrán superar el 75% del aforo máximo.
- Gimnasios en grupos de hasta 20 personas sin contacto físico siempre que no se supere el 60% del aforo máximo. Con mascarilla obligatoria y sin compartir material.
- Eventos deportivos con público hasta el 75% del aforo permitido. Sentados y con distancia de seguridad. Excluidos quedan los eventos pertenecientes a las ligas de Fútbol y Baloncesto profesionales.
- Bibliotecas, archivos y salas de exposiciones tendrán un máximo del 60% del aforo. Las visitas de grupos estarán limitadas a 25 personas incluidos monitor o guía.
- Cines, teatro, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán contar con público en butacas preasignadas con un 60% del aforo máximo. Al igual que las plazas, recintos e instalaciones taurinas donde no se permitirá la venta ambulante de bebidas ni almohadillas.
- Permitido el uso de zonas de juegos infantiles, recreativas, pistas de skate o espacios al aire libre similares siempre que se respete el aforo de un persona por cada cuatro metros cuadrados. Parques recreativos infantiles (tipo parque de bolas) no iniciarán aún su actividad.
- Campamentos de actividades de tiempo libre con limitación de 300 asistentes al aire libre y 75 en espacios cerrados.
- Se prohíbe el baño en ríos, lagos y pozas remansadas de agua dulce no tratada, así como el resto de zonas fluviales de la Comunidad de Madrid.
- Se permite la caza y la pesca con obligación de mascarilla y distancia de seguridad. La solicitud de autorización de actividades cinegéticas con más de un principiante deberá presentarse acompañada de un plan de prevención e higiene.
- El aforo de centros y parques comerciales estará limitado al 60% en sus zonas comunes. Deberán estar todos sus accesos abiertos a fin de evitar aglomeraciones.
- Mercadillos tendrán un límite del 60% de aforo. Los Ayuntamientos podrán ampliar su superficie, trasladar su ubicación, habilitar nuevos días, prever funcionamiento alterno de los puestos o ampliar horarios.
Segunda fase (desde el 6 de julio)
- Espacios cerrados al 75% del máximo, como regla general.
- Zonas abiertas al 100% manteniendo la distancia mínima de seguridad, el uso de mascarilla y las medidas higiénico-sanitarias.
- En bares y restaurantes se podrá hacer consumo en barra o sentado en mesa manteniendo la distancia de seguridad entre clientes o grupos. La ocupación máxima será de 25 personas por mesa o grupo de mesas.
- Las discotecas y bares de ocio podrán abrir bajo directrices de Salud Pública.
- Los Ayuntamientos podrán ampliar el horario de cierre de terrazas hasta las 2.30h en zonas no residenciales durante este periodo.
- Piscinas no tendrán límite de aforo pero se deberán mantener la distancia de seguridad entre los usuarios.
- Instalaciones funerarias al 75% de su aforo. Los velatorios podrán realizarse con un máximo de 50 personas al aire libre y 25 en espacios cerrados.
- Lugares de culto no podrán superar el 75% de su capacidad. Bodas y celebraciones religiosas podrán celebrarse con un máximo de 150 personas al aire libre y 75 en espacios cerrados.
- Las residencias de mayores permitirán visitas con condiciones específicas que aún no se han publicado.
- Se mantiene el uso obligatorio de mascarilla en el transporte público para los mayores de 6 años.
- Se podrá ocupar el 100% de las localidades de autobús a excepción de la fila detrás del conductor en aquellos vehículos que no tengan mampara.
- Podrán viajar de pie 3 personas por metro cuadrado manteniendo la máxima distancia posible.
- En los transportes de viajeros como taxis y VTC se elimina la limitación de dos viajeros por cada fila y se permite una ocupación de máximo 3 personas por fila con independencia de que convivan juntos. Se impide viajar en el asiento del copiloto.
- Los Ayuntamientos regularán el nivel del servicio de taxi.
- En hoteles y alojamientos turísticos la ocupación de las zonas comunes será del 75% máximo. Las actividades de animación y clases grupales deberán tener un máximo de 20 personas al aire libre y evitando intercambio de material.
- Albergues deberán tener un máximo de 50% de ocupación.
- Actividad física y deportiva no federada al aire libre y en instalaciones deportivas sin límite de aforo mientras se garantice la distancia de seguridad.
- Gimnasios en grupos de hasta 25 personas sin contacto físico siempre que no se supere el 75% del aforo máximo. Con mascarilla obligatoria y sin compartir material.
- Eventos deportivos con público tendrán un límite de máximo de 300 personas en lugares cerrados y mil en lugares abiertos. Excluidos quedan los eventos pertenecientes a las ligas de Fútbol y Baloncesto profesionales.
- Bibliotecas, archivos y salas de exposiciones tendrán un máximo del 75% del aforo. Las visitas de grupos estarán limitadas a 25 personas incluidos monitor o guía.
- Cines, teatro, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán contar con público en butacas preasignadas con un 75% del aforo máximo. Al igual que las plazas, recintos e instalaciones taurinas donde no se permitirá la venta ambulante de bebidas ni almohadillas.
- Fiestas, verbenas y otros eventos populares podrán reanudar su actividad cuando la autoridad sanitaria lo permita.
- Permitido el uso de zonas de juegos infantiles, recreativas, pistas de skate o espacios al aire libre similares siempre que se respete el aforo de un persona por cada cuatro metros cuadrados. Parques recreativos infantiles (tipo parque de bolas) no iniciarán aún su actividad.
- Campamentos de actividades de tiempo libre con limitación de 300 asistentes al aire libre y 75 en espacios cerrados.
- Se prohíbe el baño en ríos, lagos y pozas remansadas de agua dulce no tratada, así como el resto de zonas fluviales de la Comunidad de Madrid.
- Se permite la caza y la pesca con obligación de mascarilla y distancia de seguridad. La solicitud de autorización de actividades cinegéticas con más de un principiante deberá presentarse acompañada de un plan de prevención e higiene.
- El aforo de centros y parques comerciales estará limitado al 75% en sus zonas comunes. Deberán estar todos sus accesos abiertos a fin de evitar aglomeraciones.
- Mercadillos tendrán un límite del 75% de aforo. Los Ayuntamientos podrán ampliar su superficie, trasladar su ubicación, habilitar nuevos días, prever funcionamiento alterno de los puestos o ampliar horarios.