La Agencia de Protección de Datos investiga al Ayuntamiento por ‘bloquear’ los datos de un extrabajador

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El Ayuntamiento de Leganés asegura que tiene sus datos personales ‘bloqueados’, sin embargo un miembro de protección civil tuvo acceso a sus horas de servicio.

La Agencia de Protección de Datos ha admitido a trámite al Ayuntamiento de Leganés una reclamación de un ex miembro de Protección Civil, que tras ser expulsado en 2019 aún no ha obtenido los datos que el Consistorio guardaba sobre él. «He ido pidiendo cosas varias veces, y me han contestado tarde y con irregularidades», reclama Juan Carlos, que denunció esta situación en octubre de 2019.

Este vecino de Leganés comenzó su lucha en el momento en el que fue expulsado. «Son horas de servicio como sanitario que necesito para demostrar mi experiencia en entrevistas de trabajo«, alega Juan Carlos. Ante esta petición a través de la vía oficial del Ayuntamiento de Leganés, en septiembre de 2020 recibió un email a través de la cuenta oficial del coordinador de Protección Civil, firmado por el Jefe de Agrupación en funciones, el escaneo de las hojas en las que figura sus horas de trabajo.

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Sin embargo, apenas dos semanas después la respuesta oficial del Ayuntamiento era totalmente contraria. «Le informamos que sus datos están custodiados por un fichero en el Ayuntamiento de Leganés bajo la Ley de protección de datos, el cual se encuentra encriptado, al que no tenemos acceso«; un informe firmado por el mismo Jefe de Agrupación en funciones que le remitió el email.

Tras esta sorprendente respuesta, Juan Carlos pidió explicaciones: «Tienen datos sensibles como mi información de contacto o mis creencias religiosas, y quiero tenerlos». Asimismo volvió a reclamar su datos de forma oficial para ser recibidos tal y como se refleja en la Ley del Voluntariado. La respuesta del Ayuntamiento de Leganés volvió a ser la misma: «no se ha procedido a la supresión de los datos, sino a su bloqueo por razones de interés público».

Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

Artículo 24. Acreditación y reconocimiento de las actuaciones de voluntariado.
1. La acreditación de la prestación de servicios voluntarios se efectuará mediante certificación expedida por la entidad de voluntariado en la que se haya realizado, en cualquier momento en que el voluntario lo solicite y, en todo caso, a la finalización del periodo de voluntariado. En ella deberán constar, como mínimo, además de los datos personales e identificativos del voluntario y de la entidad de voluntariado, la fecha de incorporación a la entidad y la duración, descripción de las tareas realizadas o funciones asumidas y el lugar donde se ha llevado a cabo la actividad.

2. El reconocimiento de las competencias adquiridas por el voluntario se realizará de conformidad con la normativa general de reconocimiento de las competencias adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales de formación.

Respuesta del Ayuntamiento de Leganés a un ex miembro de Protección Civil

Ante esta situación, Juan Carlos reclamó explicaciones y llevó el caso ante el Defensor del Pueblo. En su resolución, la institución instó al Ayuntamiento a «cumplir el deber legal que le incumbe de responder en tiempo y forma las solicitudes que le hayan sido planteadas, de conformidad con las normas reguladoras del procedimiento administrativo». Fue este organismo quien invitó al demandante a acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que ha abierto una investigación.

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Este medio ha requerido la respuesta por parte del Ayuntamiento ante esta denuncia, sin éxito. El plazo máximo para resolver el procedimiento iniciado por la AEPD será de seis meses.

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Aroa Díaz
Aroa Díaz
Periodista. Directora de Leganés Activo, experta en política de Leganés, escribe de la actualidad social, política y cultural del municipio desde hace una década.

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