El TSJM condena a la CAM por vulnerar los derechos de médicos de Atención Primaria y pediatras

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La sentencia indica que la Comunidad de Madrid, no ha dotado a los médicos de Atención Primaria y pediatras de forma completa de los medios y medidas de protección en sus centros de trabajos, por la crisis generada por la COVID-19

La Comunidad de Madrid vulneró los derechos de los médicos de atención primaria y pediatras en materia de integridad física y salud. Esta es la conclusión de los tribunales ante la falta de medios y medidas de protección en sus centros de trabajo que los sanitarios se encontraron durante la pandemia. Así, el TSJM les ha condenado por incumplir con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

El fallo emitido por el TSJM llega en respuesta al procedimiento de conflicto colectivo con vulneración de derechos fundamentales número 630/2020, presentado por el sindicato AP se Mueve frente a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, al que se adhirieron,  CCOO, UGT, USO, CSIT Unión Profesional y AMYTS, entre otros.

El proceso solicitaba que se declarase que las administraciones demandadas están vulnerando los derechos de los demandantes de médicos de Atención Primaria y pediatras al no analizar y valorar la totalidad de elementos que inciden en el análisis preventivo de sus puestos de trabajo con motivo de la COVID-19, incumpliendo lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de Servicios de Prevención.

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Sentencia pionera abierta a recurso

El fallo, ante el que cabe recurso de casación, ha concluido que “declaramos que la Comunidad de Madrid vulnera los derechos de los médicos de atención primaria y pediatras en materia de integridad física y salud al no haberles dotado de forma completa de los medios y medidas de protección en su centro de trabajo e incumplir con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, de valoración de la carga de trabajo de dicho colectivo y evaluación de los riesgos de sus puestos de trabajo”.

Así, el tribunal condena a la Comunidad a “efectuar de forma inmediata un plan de prevención de riesgos laborales con la valoración de los puestos de trabajo de los médicos de atención primaria y pediatras, evaluación de riesgos de los mismos y determinación de la carga de trabajo fijando los cupos, número máximo de pacientes a atender por jornada de trabajo y tiempo mínimo de dedicación a cada uno, así como al establecimiento de una plantilla acorde con ello y a la cobertura de las vacantes existentes en la misma.”

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David Collado
David Colladohttps://www.colladophoto.com
Fotógrafo por vocación (Collado Photo), con formación en fotoperiodismo, que busco poner la fotografía al alcance de todo el mundo, con una concepción minimalista del arte.

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