El TSJM califica el comportamiento del alcalde de Leganés de «arbitrario y discriminatorio»

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El alcalde de Leganés, Santiago Llorente, tuvo un comportamiento «manifiestamente arbitrario» con «intención fraudulenta» y «discriminatorio», según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha firmado una contundente sentencia en contra del Ayuntamiento por el proceder del alcalde de Leganés. En un duro escrito, los magistrados aseguran que Santiago Llorente (PSOE) tuvo un trato «manifiestamente arbitrario» y «discriminatorio» en noviembre de 2019, cuando suspendió la sesión ordinaria del Pleno por protestas en el público y, más tarde, no incluyó algunos puntos de esta sesión suspendida en la siguiente.

La sentencia del TSJM incide en varias ocasiones que la legislación aplicable determina que los puntos que se quedaron sin debatir debían haberse visto en la siguiente sesión «sea ordinaria o extraordinaria». De esta forma, se incide en que todo lo que no se vio en la sesión del 14 de noviembre de 2019 debió verse en la siguiente convocatoria, la cual se convocó pocos días después. Y es que, aunque el Ayuntamiento argumenta que no podía ser una sesión extraordinaria, la Sala incide en que era totalmente legal.

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Así, el TSJM reprocha al alcalde «incluir en el orden del día de la posterior sesión extraordinaria una parte (los que él, libérrimamente, estimó oportuno) de los asuntos no debatidos, pero no la totalidad, relegando el resto para su inclusión del orden del día de la sesión ordinaria celebrada el 12 de diciembre de 2019». Un comportamiento que califica de «manifiestamente arbitrario» y que «evidencia su intención fraudulenta». 

Además, asegura que el primer edil tuvo de esta forma «un trato desigual y discriminatorio a los asuntos no debatidos» puesto que incluyó «los asuntos que a él le interesan» dejando los de control para otra sesión más adelante. Cabe destacar que esas interpelaciones no se vieron hasta una sesión extraordinaria de enero de 2020 en la que únicamente se vieron puntos de control. De esta forma el alcalde dejó claro que podrían haberse incluido en la sesión extraordinaria inmediatamente posterior. 

Futura moción de censura

Carlos Delgado, portavoz del grupo demandante, Unión por Leganés, se ha mostrado satisfecho ante esta sentencia la cual, asegura, «añade elementos que en circunstancias normales supondrían la dimisión inmediata de un alcalde».

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Así, considera que «es motivo más que suficiente para que todos los partidos políticos de la ciudad unamos fuerzas e impidamos que el sr Llorente siga al frente de la institución. Ya no es una cuestión de ideología sino de respeto democrático». No obstante, esta posible moción de censura debería tener el apoyo de Ciudadanos Leganés, formación que se ha enfrentado en el Pleno en varias ocasiones con ULEG.

Por ahora, la sala de lo Contencioso-Administrativo ha condenado al Ayuntamiento a 2.000€ en concepto de costas, tal y como refleja la sentencia a la que hemos tenido acceso desde LEGANÉS ACTIVO. Una sentencia contra la que cabe un nuevo recurso de casación que se debería interponer en un plazo de un mes. 

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Aroa Díaz
Aroa Díaz
Periodista. Directora de Leganés Activo, experta en política de Leganés, escribe de la actualidad social, política y cultural del municipio desde hace una década.

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